Información y configuración del Canon Digital
1.- Información y tarifas del Canon Digital
¿Qué es el Canon Digital y cuál es su motivación?
Es una tasa aplicada a todo componente electrónico que pueda producir, almacenar o reproducir copias de películas, música, vídeo, imágenes, etc.
La motivación de estas tarifas es la compensación por copia privada a los autores de los vídeos, películas o cualquier otro contenido multimedia digital. De esta manera, se protege la propiedad intelectual de los autores propietarios de esta información y se les compensa de las posibles pérdidas.
¿Cómo me afecta el Canon Digital y qué tasas tiene cada dispositivo?
Los fabricantes y distribuidores serán los que se vean obligados a ingresar al Estado la cuantía que corresponda por las ventas de sus productos en España, pero está claro que los más afectados serán los usuarios que adquieran este tipo de productos ya que estos acabarán pagando un sobrecoste adicional.
Cada producto con capacidad para copiar que se venda tendrá añadida una tasa que varía en función del tipo de dispositivo. Las cuantías fijadas para cada tipo de dispositivo son las siguientes:
a) IMPRESORAS
En el caso de equipos digitales de reproducción de libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros:
- Equipos multifuncionales de inyección de tinta o láser y con capacidad de copia, impresión o escaneado: 5,25 €/unidad (4,15 € sin IVA)
- Equipos monofuncionales con capacidad de copia, impresión o escaneado de hasta 39 copias por minuto: 4,50 €/unidad (3,60 € sin IVA)
b) GRABADORAS DE VIDEO
En segundo lugar, tenemos las grabadoras de discos:
- Grabadoras CD
- De discos compactos específico: 0,33 €/unidad (0,26 € sin IVA)
- De discos compactos mixtos: 0,33 €/unidad (0,26 € sin IVA)
- Grabadoras DVD
- De discos versátiles específicos: 1,86 €/unidad (1,46 euros sin IVA)
- De discos versátiles mixtos o de discos compactos y versátiles: 1,86 €/unidad (1,46 € sin IVA)
c) DISPOSITIVOS DE ALMACENAMIENTO DE REPRODUCCIÓN MIXTA
Por otra parte, tenemos los soportes materiales para reproducción mixta (texto, sonora, visual, audiovisual):
- CD
- Discos compactos no regrabables: 0,08 €/unidad (0,06 € sin IVA)
- Discos compactos regrabables: 0,10 €/unidad (0,08 € sin IVA)
- DVD
- Discos versátiles no regrabables: 0,21 €/unidad (0,17 € sin IVA)
- Discos versátiles regrabables: 0,28 €/unidad (0,22 € sin IVA)
d) DISPOSITIVOS USB
En cuarto lugar, tendremos las memorias USB y otras tarjetas de memoria no integradas en otros dispositivos: 0,24 €/unidad (0,19 € sin IVA)
e) DISCOS DUROS MULTIMEDIA EXTERNOS
En quinto lugar, para discos no integrados idóneos para la reproducción de videogramas, textos y fonogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 6,45 €/unidad (5,10 € sin IVA)
f) DISCOS DUROS INTEGRADOS
Por otro lado, para discos integrados en un equipo, idóneos para la reproducción de videogramas, textos y fonogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 5,45 €/unidad (4,30 € sin IVA).
Quedan exceptuados los discos integrados en videoconsolas que no permitan realizar reproducciones amparadas por el límite de copia privada y en decodificadores de señales de televisión digital.
g) DISPOSITIVOS PORTÁTILES Y TABLETS
Para dispositivos portátiles, reproductores de fonogramas, videogramas, textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales en formato comprimido, y dispositivos electrónicos portátiles con pantalla táctil: 3,15 €/unidad (2,48 € sin IVA).
h) DISPOSITIVOS MÓVILES/SMARTPHONES
Para smartphones, reproductores de fonogramas, videogramas y textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 1,10 €/unidad ( 0,87 € sin IVA).
¿Los ordenadores de sobremesa o portátiles quedan exentos de esta tasa?
En el Real Decreto no se mencionan expresamente, pero si estos dispositivos tienen discos duros internos, se pagará la tasa correspondiente a dichos discos.
Si un ordenador de sobremesa o portátil tiene más de un disco duro, ¿se paga por cada disco?
En esta situación, solo se pagará uno de los importes mencionados. Esto indica que estos importes no son acumulables en un mismo dispositivo.
¿A quién no afecta esta tasa?
No se pagará esta tasa en los siguientes casos:
- Las entidades que integran el sector público.
- Las realizadas por personas físicas para uso privado fuera del territorio español en régimen de viajeros.
- Las realizadas por quienes cuenten con autorización para la reproducción de obras.
- Las personas físicas o jurídicas que justifiquen el destino exclusivamente profesional.
Para poder gozar de estas exenciones, las empresas y profesionales deben solicitar un certificado en la Entidad Gestora encargada de los trámites relacionados con el Canon Digital, para acreditar su condición ante sus proveedores.
2.- Cómo instalar y configurar el Canon Digital dentro de Mabisy
Primero, para poder configurar el Canon Digital tenemos que contratarlo desde la tienda de servicios de Mabisy. Dentro de la tienda de servicios, tendremos dos opciones (mensual y anual ) y como podemos ver en la siguiente imagen con la tarifa anual nos ahorramos dos meses de pago.
Una vez contratado el servicio, dentro de las categorías que hemos creado nos aparecerá un nuevo campo para rellenar.
Este campo lo debemos rellenar con el precio del Canon que tiene cada tipo de producto.
En el caso que el precio de los productos esté configurado sin IVA, la tasa del Canon se tendrá que configurar sin IVA ya que después se calcula el IVA de todo (en el caso de que la casilla impuestos incluidos no esté pulsada).
Y en el caso de que los productos estén configurados con IVA, la tasa del Canon se tendrá que configurar con IVA (en el caso de que la casilla impuestos incluidos esté pulsada).
Y con todo esto, ya tendríamos instalado y configurado la tasa del Canon Digital en nuestra tienda Mabisy.
Recuerda que si quiere crear una página web para vender puedes hacerlo de la mano de Mabisy.
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